La Sala Tercera del Tribunal Supremo -Sección 2ª-, en sentencias de 8, 10 y 21 de abril último, ha decidido que los rendimientos obtenidos por militares españoles como consecuencia de los trabajos propios de su cargo o función efectuados en el extranjero están acogidos a la exención que regula el art. 7.p) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas -LIRPF-. Leer más